Una detención en El Puerto de Santa María dura, como máximo, 72 horas. En ese tiempo se decide qué declara la persona, si pasa a disposición judicial y si el juez de Las Salinas acuerda su libertad, medidas cautelares o prisión provisional en Puerto I, II o III.
Como abogados penalistas en El Puerto de Santa María, asistimos al detenido desde el primer momento: en la Comisaría de Policía Nacional, en el Puesto de la Guardia Civil y en la comparecencia ante el juzgado de guardia. Su familia puede llamarnos y nos personamos.
La persona es conducida a dependencias policiales, se le informa de sus derechos y se le pregunta si designa abogado. Antes de declarar tiene derecho a entrevistarse reservadamente con él. Después, o se la pone en libertad con citación o se la traslada al Tribunal de Instancia de Las Salinas, donde el juez de guardia decide sobre su situación.
Las tres decisiones importantes de una detención son: designar abogado propio, decidir si se declara o no, y preparar la comparecencia ante el juez. Las tres se toman en horas. Después, el asunto sigue como cualquier otra causa penal en el partido judicial de El Puerto.
Nos personamos en la Comisaría de El Puerto, revisamos las diligencias y asistimos en la declaración. Su familia recibe información de dónde está y qué va a pasar.
Asistencia en el Puesto de El Puerto o en el destino al que se haya trasladado al detenido, con los mismos derechos y el mismo procedimiento.
Antes de la declaración policial, el detenido tiene derecho a hablar a solas con su abogado. Es el momento de decidir la estrategia.
Comparecencia ante el juez de guardia de Las Salinas: declaración, medidas cautelares y, en su caso, vista de prisión provisional.
Las detenciones no esperan al lunes. Atendemos a la familia y acudimos cuando el detenido está en dependencias policiales.
Procedimiento distinto, con Fiscalía de Menores y presencia de los padres. Asistencia adaptada a la situación.
Puede elegir a su abogado. Si la familia nos llama, la Comisaría o la Guardia Civil deben esperar nuestra llegada para tomar declaración.
Puede guardar silencio o contestar solo a su abogado. Decidirlo con criterio, no por nervios, es lo que aportamos.
El detenido y su abogado tienen derecho a conocer los hechos que se le atribuyen y los elementos esenciales del atestado.
La detención no puede superar 72 horas. Si se alarga sin motivo, existe el procedimiento de habeas corpus.
El objetivo de las primeras horas es sencillo de enunciar y difícil de conseguir: que la persona salga en libertad con la mejor posición posible para lo que viene después.
Localizamos al detenido, confirmamos dónde está y por qué, y avisamos a la unidad policial de que asumimos la defensa.
Entrevista reservada, decisión sobre declarar y asistencia durante la declaración policial.
Preparación de la declaración judicial y de la vista de prisión con arraigo, trabajo, familia y alternativas.
Si se acuerdan comparecencias, retirada de pasaporte o alejamiento, explicamos cómo cumplirlas y cuándo recurrirlas.
La detención es el principio. Seguimos la instrucción y el juicio con el mismo abogado.
Si el juez acuerda prisión provisional, seguimos al cliente dentro de Puerto I, II o III y preparamos los recursos y las revisiones de esa medida.
La declaración policial no es un trámite. Se transcribe, se incorpora al atestado y se utiliza durante toda la causa. Por eso conviene que la persona detenida sepa, antes de hablar, qué se le atribuye y qué le conviene.
La familia o el propio detenido nos avisa. Localizamos y nos personamos.
Entrevista reservada, decisión sobre la declaración y asistencia.
Comparecencia en Las Salinas preparada para obtener la libertad.
Seguimiento de la causa con el mismo abogado hasta su final.
Llámenos. Contactamos con la Comisaría de Policía Nacional y con la Guardia Civil de El Puerto, confirmamos dónde se encuentra y por qué, y le informamos. Después nos personamos para asistirle.
Puede designar al abogado que quiera en cualquier momento, incluso si ya se ha nombrado otro. Basta con comunicarlo a la unidad policial o al juzgado.
Un máximo de 72 horas. Antes de ese plazo debe ser puesto en libertad o a disposición del juzgado de guardia de Las Salinas.
Depende de cada caso, y por eso existe la entrevista reservada previa. En general, no conviene declarar sin conocer los hechos atribuidos y sin haberlo decidido con el abogado.
Solo si el juez acuerda prisión provisional tras una comparecencia. La mayoría de las detenciones terminan en libertad, con o sin medidas cautelares. Esa comparecencia se prepara para que así sea.
Sí. Nos desplazamos a las dependencias policiales y a los juzgados de guardia de la Bahía y de Jerez de la Frontera.
Si han detenido a alguien en El Puerto de Santa María, llame al despacho o utilice el formulario. Le confirmamos dónde está y nos personamos.
Con sede en El Puerto de Santa María, asistimos en la Comisaría de Policía Nacional, en la Guardia Civil y ante el juzgado de guardia de Las Salinas.
Atención telefónica · 9:00 a 19:00 h
info@lawpro.es
La primera cita es confidencial. Reserva absoluta desde el inicio.
